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Aviso - Renovación automática licencias de terraza temporada estival 2021

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA DE RENOVACIÓN DE LAS LICENCIAS DE TERRAZAS, PERIODO ESTIVAL AÑO 2021.

Expte. nº 172/2021

1º.- Por Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Tordesillas, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de febrero de 2021, se aprobó la modificación de la Ordenanza fiscal nº 18 Reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de dominio y uso público local con Terrazas de Veladores y otros elementos complementarios en la vía pública, suspendiendo temporalmente, con motivo de la crisis sanitaria producida por el virus Covid 19, la ordenanza fiscal nº 18, en cuanto al pago de la tasa la ocupación temporal de la vía; se incluye en esta suspensión el devengo de la Tasa de aquellos toldos o marquesinas fijos y de carácter permanente que están en la vía pública.

2º.- Por Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, se prorroga el estado de alarma hasta las 00:00 horas del día 9 de mayo de 2021.

.- El artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, enumera las competencias propias del Municipio, entre las que están las relacionadas con la movilidad y la gestión del espacio urbano, estableciendo en el artículo 124.4.h), que corresponde al Alcalde la adopción de las medidas necesarias y adecuadas en casos de extraordinaria y urgente necesidad, dando cuenta inmediata al Pleno.

Las graves consecuencias económicas que para el sector hostelero está causando el  establecimiento de medidas restrictivas de la actividad por parte de las autoridades sanitarias a causa de la declaración del Estado de alarma, requieren de la adopción de medidas que contribuyan a paliar dichas consecuencias. En este contexto se enmarca la presente resolución, que no obstante, extenderá sus efectos exclusivamente mientras persista la actual situación.

Por todo ello, y en virtud con las competencias que a esta Alcaldía atribuye el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,

 

RESUELVO:

PRIMERO. – Renovar automáticamente para el periodo estival del año 2021 la totalidad de las licencias de terrazas vigentes en el año 2020 en el municipio de Tordesillas, en las mismas condiciones a las establecidas en dicho ejercicio 2020.

Las autorizaciones estarán sujetas, en cualquier caso, al cumplimiento de las obligaciones impuestas en la Ordenanza municipal reguladora de las terrazas de veladores, así como a las medidas que se adopten por las autoridades sanitarias para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, y afecten a las terrazas, pudiendo ser revocadas en caso de incumplimiento.

En todo caso, los titulares de las autorizaciones deberán disponer para el periodo objeto de renovación automática, del documento acreditativo de hallarse al corriente en el pago de la póliza de seguros a que se refiere el artículo 7 de la citada Ordenanza.

SEGUNDO.- Notificar la presente resolución a la Asociación de Empresarios de Tordesillas y a la Asociación de Hosteleros de Tordesillas “Villa del Tratado”.

TERCERO.- Publicar la presente resolución en la web municipal, y en las cuentas de titularidad municipal de las Redes Sociales.

CUARTO.- Dar cuenta de la presente resolución al Pleno de la Corporación en la próxima sesión que se celebre, de conformidad con el artículo 42 del R.D. 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales.

QUINTO.- Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación en la web municipal, de conformidad con el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Valladolid, en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, significando que este último sólo podrá interponerse tras la resolución expresa o desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto. Todo ello sin perjuicio de que puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.

Dado en Tordesillas por el Sr. Alcalde, en la fecha de la firma electrónica.

                                                                  

EL ALCALDE, Miguel Ángel Oliveira Rodríguez